Examen para agentes FIFA en El Salvador

La Federación Salvadoreña de Fútbol informa que el examen para Agente de Jugadores se realizará en abril de este año, según lo establecido por la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA).

Como establece el Art. 8 parte 1 del Reglamento FIFA sobre los Agentes de Jugadores, las fechas de los exámenes deben ser las mismas en todo el mundo y serán determinadas por la FIFA.


Asimismo, y para evitar irregularidades, el examen se llevará a cabo en un solo día. En ese sentido, la fecha elegida por la FIFA para la realización de esta prueba será el 4 DE ABRIL DE 2013, A LAS 10:00 A.M., HORA LOCAL.


Las personas interesadas en realizar el examen, deberán presentar a la Unidad Jurídica de la FESFUT, la siguiente documentación:

  • Declaración jurada de no pertenecer a ninguna de las estructuras de la FESFUT.
  • Certificación de antecedentes penales
  • Documento Único de Identidad
  • Recibo de cancelación de $50.00 por gastos de aplicación del examen (cancelar en la Unidad Financiera Institucional de la FESFUT)
Las solicitudes de aplicación del examen con todos los requisitos correspondientes, se recibirán del 27 de febrero al 11 de marzo de 2013, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

El examen se basará en los siguientes documentos:
  • Estatutos de la FIFA, aprobados en el Congreso en Budapest, el 25 de mayo de 2012;
  • Reglamento de Aplicación de los Estatutos de la FIFA, aprobado en el Congreso en Budapest, el 25 de mayo de 2012;
  • Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, edición 2012, incluyendo los anexos (1 al 5);
  • Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de Futsal, Anexo 6 del Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores;
  • Reglamento FIFA sobre los Agentes de Jugadores, edición 2008, incluyendo los anexos 1, 2 y 3;
  • Reglamento de procedimiento de la Comisión del Estatuto del Jugador y de la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA edición 2012;
  • Código Disciplinario de la FIFA, edición 2011: Primera Parte, Capítulo I, Sección 1-6 y Capítulo II, Sección 8;
Las siguientes circulares y sus anexos:
  • No. 1147: Elegibilidad para jugar con equipos representativos – Artículos 15 al 18 del Reglamento de Aplicación de los Estatutos de la FIFA;
  • No. 1160: Versión revisada del Reglamento sobre los Agentes de Jugadores de la FIFA;
  • No. 1190: Versión revisada del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores - Protección de menores;
  • No. 1206: Versión revisada del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores - Protección de menores;
  • No. 1209: Protección de menores;
  • No. 1249: Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores -Indemnización por formación y categorización de clubes;
  • No. 1270: Enmiendas al Código Disciplinario de la FIFA;
  • No. 1299: Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores: categorización de clubes y períodos de inscripción.
  • No. 1327: Enmiendas al Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores y revisión del Reglamento de Procedimiento de la Comisión del Estatuto del Jugador y de la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA.

Estas circulares, al igual que el material adicional del examen, pueden encontrarse y consultarse en la página web oficial de la FIFA: www.FIFA.com


  • En esta enumeración se trata únicamente el material relacionado con la reglamentación internacional. Los candidatos deben además estudiar la reglamentación nacional, cuyo material dará a conocer cada asociación.
  • Cada asociación redactará las cinco preguntas concernientes a la reglamentación nacional a modo de "elección múltiple” (art. 8 parr. 4, par. 6 y parr. 7 del Reglamento)
  • De acuerdo al art. 8 parr. 9 del Reglamento, le recordamos que por cada respuesta correcta (a preguntas concernientes a la reglamentación nacional así como también a la reglamentación internacional) se otorgara un sólo punto.
  • Los candidatos a una licencia de agente de jugadores no pueden utilizar ningún medio auxiliar durante los exámenes. Esto significa, concretamente, que no puede llevarse al examen reglamentos ni ningún otro tipo de documentación.
Las asociaciones podrán decidir el tiempo límite que deseen otorgar a los candidatos para contestar las veinte preguntas requeridas. Sin embargo, deberá garantizarse a los candidatos un mínimo de 60 minutos y un máximo de 90 minutos para contestar las preguntas (art. 8 parr. 6 del Reglamento)

 Noticia: http://elbaloncuscatleco.foroactivos.net/t1983-examen-para-agentes-fifa-de-jugadores


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